Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. julio dic . 2026) ISSN: 3121-2972.
Inteligencia artificial y contratación pública
108
Inteligencia artificial y detección de irregularidades en la contratación pública
ecuatoriana: alcances, límites y riesgos jurídicos del artículo 21 de la LOSNCP
reformada
Artificial Intelligence and the Detection of Irregularities in Ecuadorian Public
Procurement: Scope, Limitations, and Legal Risks of Article 21 LOSNCP
Autores
1. José Daniel Montesdeoca Palacios. https://orcid.org/0009-0008-7974-5019
jose.montesdeoca@unesum.edu.ec
2. Jose Agustin Grijalva Bowen. https://orcid.org/0009-0008-9103-1852
jose.grijalva@unesum.edu.ec
Filiación institucional: Universidad Estatal del Sur de Manabí (UNESUM), Jipijapa, Ecuador.
*Autor, correo para correspondencia: jose.montesdeoca@unesum.edu.ec
Resumen
La incorporación de la inteligencia artificial en la gestión pública ha impulsado nuevas estrategias
para fortalecer la transparencia, la eficiencia y el control de los recursos estatales. El problema de
investigación radica en la insuficiencia del marco normativo para regular de manera integral el uso
de estas tecnologías, lo que puede generar incertidumbre jurídica respecto de la transparencia, la
responsabilidad administrativa y la protección de los derechos fundamentales. El objetivo del
artículo es: analizar la relación entre la aplicación de la inteligencia artificial para la detección de
irregularidades y el fortalecimiento de la transparencia y la seguridad jurídica en la contratación
pública ecuatoriana, a partir del artículo 21 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública reformada. La investigación se desarrolló con un enfoque cualitativo,
mediante una metodología de revisión documental y un alcance descriptivo-analítico. La búsqueda
bibliográfica se realizó mediante el método booleano en bases de datos científicas especializadas,
considerando publicaciones de los últimos cinco años. Los resultados evidenciaron que la
inteligencia artificial favorece la identificación temprana de riesgos e irregularidades, mejora los
mecanismos de control y fortalece la transparencia institucional; sin embargo, también se
identificaron vacíos normativos en materia de transparencia algorítmica, auditoría de sistemas
inteligentes, protección de datos personales y responsabilidad jurídica derivada de decisiones
automatizadas. La inteligencia artificial constituye una herramienta de alto potencial para
modernizar la contratación blica ecuatoriana, siempre que su implementación esté respaldada
por un marco regulatorio que garantice la seguridad jurídica, el debido proceso, la supervisión
humana y la protección de los derechos fundamentales.
Palabras clave: inteligencia artificial; contratación pública; seguridad jurídica; transparencia;
irregularidades
Abstract
The incorporation of artificial intelligence into public administration has promoted new strategies to
enhance transparency, efficiency, and the oversight of public resources. In this context, the present
study examines the application of artificial intelligence to detect irregularities in Ecuadorian public
procurement, using Article 21 of the amended Organic Law of the National Public Procurement
System (LOSNCP) as the legal framework. The research problem lies in the inadequacy of the
current legal framework to comprehensively regulate the use of these technologies, which may
generate legal uncertainty regarding transparency, administrative accountability, and the protection
of fundamental rights. The objective of this article is to analyze the relationship between the use of
artificial intelligence to detect irregularities and the strengthening of transparency and legal certainty
in Ecuadorian public procurement, in light of Article 21 of the amended Organic Law of the National
Public Procurement System. The study adopted a qualitative approach, using a documentary
review methodology with a descriptive-analytical scope. The literature search was conducted using
the Boolean method in specialized scientific databases, considering publications from the last five
years. The findings revealed that artificial intelligence facilitates the early identification of risks and
irregularities, improves control mechanisms, and strengthens institutional transparency. However,
regulatory gaps were also identified concerning algorithmic transparency, auditing of intelligent
systems, personal data protection, and legal liability arising from automated decisions. It is
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. julio dic . 2026) ISSN: 3121-2972.
Inteligencia artificial y contratación pública
109
concluded that artificial intelligence has significant potential to modernize Ecuadorian public
procurement, provided that its implementation is supported by a comprehensive regulatory
framework that guarantees legal certainty, due process, human oversight, and the protection of
fundamental rights.
Keywords: artificial intelligence; public procurement; legal certainty; transparency; irregularities
Información del manuscrito:
Fecha de recepción: 10 de julio de 2026
Fecha de aceptación: 21 de julio de 2026
Fecha de publicación: 30 de julio de 2026
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Inteligencia artificial y contratación pública
110
Introducción
La incorporación de la inteligencia
artificial (IA) en la gestión blica
constituye una de las
transformaciones más relevantes del
proceso de modernización del
Estado. Su capacidad para procesar
grandes volúmenes de información,
identificar patrones complejos y
detectar posibles anomalías en
tiempo real ha impulsado su uso en
diversos ámbitos de la administración
pública, entre ellos la contratación
pública, considerada uno de los
sectores más sensibles a riesgos de
corrupción, fraude, colusión y uso
ineficiente de los recursos estatales.
En este contexto, el uso de
herramientas de inteligencia artificial
ofrece una vía para fortalecer la
prevención, el control y la
transparencia. Además, ayuda a
optimizar la toma de decisiones y a
mejorar la eficiencia en los sistemas
de contratación (Organización para la
Cooperación y el Desarrollo
Económicos [OCDE], 2024).
En Ecuador, la reforma reciente de la
Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública (LOSNCP)
permite, según el artículo 21, utilizar
herramientas tecnológicas basadas
en inteligencia artificial para
identificar irregularidades en los
procesos de contratación pública.
Esta medida busca fortalecer la
integridad del sistema nacional de
compras públicas mediante
mecanismos de análisis
automatizado que permitan detectar
a tiempo comportamientos inusuales,
posibles conflictos de interés,
manipulación de procesos o señales
de incumplimiento de la normativa.
Sin embargo, el uso de estas
tecnologías genera dudas jurídicas
sobre el alcance de las decisiones
automatizadas, la transparencia de
los algoritmos, la protección de datos
personales, el debido proceso
administrativo y la responsabilidad
por posibles errores o sesgos en los
sistemas de inteligencia artificial.
Desde una perspectiva jurídica, el
empleo de la inteligencia artificial en
la contratación pública no puede
analizarse únicamente por su
potencial tecnológico, sino también a
la luz de los principios
constitucionales que rigen la
actuación de la administración
pública, tales como la legalidad, la
seguridad jurídica, la igualdad, la
transparencia, la motivación de los
actos administrativos y la tutela
efectiva de los derechos de los
administrados. En consecuencia,
surge la necesidad de determinar
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Inteligencia artificial y contratación pública
111
hasta qué punto las herramientas
automatizadas pueden apoyar la
actividad de control sin sustituir la
valoración jurídica que corresponde a
las autoridades competentes,
garantizando siempre el respeto de
los derechos fundamentales y de las
garantías del procedimiento
administrativo.
La utilización de la inteligencia
artificial en los procesos de
contratación pública también
responde a una tendencia
internacional orientada a la
consolidación de gobiernos digitales
más eficientes, transparentes y
orientados a la prevención de
riesgos. Diversos organismos
internacionales han señalado que las
tecnologías basadas en algoritmos
pueden contribuir de manera
significativa a identificar patrones de
fraude, redes de colusión, conflictos
de interés, sobrevaloraciones,
fraccionamiento de contratos y otras
anomalías que afectan la correcta
administración de los recursos
públicos, siempre que su
implementación esté acompañada de
mecanismos adecuados de
supervisión humana, transparencia
algorítmica y rendición de cuentas. La
capacidad de procesar grandes
volúmenes de información en tiempo
real permite fortalecer los sistemas
de control preventivo, optimizar la
gestión de riesgos y facilitar la toma
de decisiones sustentadas en
evidencia objetiva, lo que reduce los
tiempos de análisis y mejora la
eficiencia de los procedimientos
administrativos. No obstante, el
aprovechamiento de estas ventajas
depende de la existencia de marcos
regulatorios que aseguren la calidad
de los datos utilizados, la
confiabilidad de los algoritmos y la
posibilidad de auditar de forma
permanente los sistemas inteligentes
empleados por las instituciones
públicas.
En este contexto, la inteligencia
artificial no debe entenderse como un
mecanismo destinado a reemplazar
el criterio técnico o jurídico de los
servidores públicos, sino como una
herramienta complementaria que
fortalece las capacidades
institucionales para detectar
oportunamente posibles
irregularidades y apoyar la adopción
de decisiones más informadas. Su
utilización exige preservar principios
esenciales del Derecho
Administrativo, como la legalidad, la
motivación de los actos
administrativos, la transparencia, la
igualdad de trato, la responsabilidad
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de la administración y el debido
proceso, garantizando que toda
decisión con efectos jurídicos
continúe siendo objeto de valoración
y control por parte de las autoridades
competentes. Asimismo, resulta
indispensable que los sistemas de
inteligencia artificial sean explicables,
verificables y auditables, de modo
que sus resultados puedan ser
comprendidos, revisados e
impugnados cuando corresponda. En
este sentido, la Organización de las
Naciones Unidas (2024) sostiene que
el desarrollo de la inteligencia artificial
en el sector blico debe
fundamentarse en principios éticos,
en el respeto a los derechos
humanos, en una supervisión
humana efectiva y en mecanismos de
gobernanza que promuevan la
transparencia, la confianza
ciudadana y la rendición de cuentas,
condiciones indispensables para
garantizar una transformación digital
responsable y compatible con el
Estado de derecho.
No obstante, la incorporación de
sistemas automatizados en la gestión
pública también plantea nuevos
desafíos para el Derecho
Administrativo y el Derecho
Constitucional. Entre ellos destacan
la necesidad de garantizar la
explicabilidad de los algoritmos
utilizados por la administración, la
protección de los datos personales, la
prevención de sesgos
discriminatorios y el respeto al debido
proceso cuando las alertas
generadas por inteligencia artificial
puedan influir en decisiones
administrativas que afecten los
derechos o intereses de los
proveedores del Estado. En
consecuencia, el uso de estas
tecnologías exige un equilibrio
adecuado entre la innovación
tecnológica y el principio de
seguridad jurídica, evitando que la
automatización limite la posibilidad de
la contradicción, la defensa y la
motivación suficientes de los actos
administrativos (UNESCO, 2021).
Desde esta perspectiva, el análisis
del artículo 21 de la LOSNCP
reformada adquiere especial
importancia para el desarrollo del
Derecho Público ecuatoriano, pues
constituye uno de los primeros
intentos de incorporar expresamente
herramientas de inteligencia artificial
en un procedimiento administrativo
regulado por ley. Sin embargo, la
eficacia de esta innovación
dependerá no solo del desarrollo
tecnológico de las plataformas
utilizadas por el Servicio Nacional de
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113
Contratación Pública, sino también
de la existencia de reglas claras
sobre la gobernanza de los
algoritmos, los criterios para la
generación de alertas, la
responsabilidad derivada de posibles
errores del sistema y los mecanismos
de control judicial y administrativo de
las decisiones basadas en
inteligencia artificial. Por ello, resulta
indispensable que la evolución
normativa vaya acompañada de
estándares técnicos, éticos y
jurídicos que garanticen la
transparencia, la proporcionalidad y
la protección efectiva de los derechos
fundamentales de todos los actores
que intervienen en la contratación
pública.
En este escenario, el presente
artículo realiza un análisis jurídico del
artículo 21 de la LOSNCP reformada,
examinando los alcances de la
inteligencia artificial como
instrumento para la detección de
irregularidades, los límites que
impone el ordenamiento jurídico
ecuatoriano a su uso y los riesgos
legales que pueden derivarse de su
implementación. Asimismo, se
reflexiona sobre la necesidad de
desarrollar un marco regulatorio
complementario que permita
aprovechar los beneficios de estas
tecnologías sin comprometer los
principios del Estado constitucional
de derechos y justicia, contribuyendo
así a la consolidación de un sistema
de contratación pública más
transparente, eficiente y confiable.
El objetivo del artículo es: analizar la
relación entre la aplicación de la
inteligencia artificial para la detección
de irregularidades y el fortalecimiento
de la transparencia y la seguridad
jurídica en la contratación pública
ecuatoriana, a partir del artículo 21 de
la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública reformada.
Materiales y métodos
Esta investigación adopun enfoque
cualitativo, centrado en analizar e
interpretar la normativa jurídica, la
doctrina científica y la literatura
especializada sobre inteligencia
artificial en la contratación pública
ecuatoriana. Se aplicó una
metodología de revisión documental
basada en la búsqueda, selección y
análisis crítico de publicaciones
científicas recientes, de la legislación
vigente y de los informes de
organismos internacionales. El
objetivo fue identificar los principales
avances, desafíos y riesgos jurídicos
que surgen al incorporar
herramientas de inteligencia artificial
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Inteligencia artificial y contratación pública
114
para detectar irregularidades en la
contratación pública. La revisión
documental es una estrategia
metodológica adecuada para
sintetizar el conocimiento disponible y
respaldar el análisis jurídico de este
fenómeno emergente, asegurando la
trazabilidad y el rigor en la selección
de fuentes científicas.
De acuerdo con su finalidad, la
investigación es de tipo básico, ya
que busca ampliar el conocimiento
jurídico sobre la aplicación de la
inteligencia artificial en el ámbito de la
contratación pública, sin intervenir
directamente en la realidad
estudiada. Asimismo, presenta un
alcance descriptivo-analítico, pues
describe el contenido del artículo 21
de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública
reformada y analiza sus
implicaciones jurídicas desde las
perspectivas constitucional,
administrativa y tecnológica,
estableciendo relaciones entre la
normativa vigente, la doctrina y las
tendencias internacionales sobre
gobernanza algorítmica y
contratación pública inteligente.
La estrategia de búsqueda
bibliográfica se realizó en las bases
de datos Scopus, Web of Science,
ScienceDirect, SpringerLink, IEEE
Xplore, Scielo y Google Scholar, por
su reconocimiento por su calidad
científica y su amplia cobertura en
investigaciones jurídicas y
tecnológicas. Para optimizar la
recuperación de información, se
empleó el método booleano,
utilizando los operadores lógicos
AND, OR y NOT, y combinando
palabras clave en español e inglés.
Estrategia de búsqueda (método
booleano)
Se utilizaron las siguientes
ecuaciones de búsqueda:
("inteligencia artificial" AND
"contratación pública")
("artificial intelligence" AND
"public procurement")
("artificial intelligence" AND
"public procurement" AND
"legal risks")
("inteligencia artificial" AND
"detección de irregularidades")
("algoritmos" AND
"contratación pública" AND
"transparencia")
("LOSNCP" OR "public
procurement law") AND
("artificial intelligence")
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Inteligencia artificial y contratación pública
115
("administrative law" AND
"artificial intelligence" AND
"public sector")
Tabla 1. Criterios de selección de
la literatura
Criterio
Descripción
Inclusión
Artículos científicos,
libros, capítulos de
libro e informes
técnicos publicados
entre 2020 y 2025;
investigaciones
indexadas en Scopus,
Web of Science,
Scielo, IEEE Xplore o
SpringerLink;
documentos
relacionados con
inteligencia artificial,
contratación pública,
Derecho
Administrativo,
gobernanza
algorítmica,
transparencia, ética de
la IA y riesgos jurídicos;
publicaciones en
español e inglés con
texto completo
disponible.
Exclusión
Estudios publicados
antes de 2020;
Criterio
Descripción
documentos sin
revisión por pares;
artículos de opinión,
blogs, notas
periodísticas, tesis de
pregrado, resúmenes
de congresos y
publicaciones sin
relación directa con la
aplicación jurídica de la
inteligencia artificial en
la contratación pública.
Eliminación
Registros duplicados;
documentos con
información
incompleta;
publicaciones cuyo
texto completo no
estuvo disponible;
estudios que, tras la
lectura del título, del
resumen o del
contenido, no
abordaban
específicamente la
inteligencia artificial
aplicada a la
contratación pública o
carecían de relevancia
para el objetivo de la
investigación.
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Inteligencia artificial y contratación pública
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Las publicaciones seleccionadas
fueron organizadas en una matriz de
análisis documental diseñada para
sistematizar y comparar la
información obtenida durante el
proceso de revisión bibliográfica.
Esta matriz incluyó variables como
los autores, el año de publicación, el
país de origen, el objetivo del estudio,
la metodología empleada, el tipo y
alcance de la investigación, los
principales resultados, las
conclusiones y los aportes
específicos al análisis jurídico del
artículo 21 de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación
Pública (LOSNCP) reformada. La
organización de la información
permitió identificar coincidencias,
diferencias y tendencias entre las
investigaciones revisadas, lo que
facilitó la evaluación crítica de la
evidencia científica disponible sobre
la aplicación de la inteligencia
artificial en la contratación pública y
su incidencia en la transparencia, la
seguridad jurídica y la prevención de
irregularidades.
Posteriormente, la información
recopilada fue sometida a un análisis
de contenido de carácter cualitativo,
mediante el cual se clasificaron y
categorizaron los hallazgos más
relevantes provenientes de la
doctrina, la legislación y los estudios
científicos seleccionados. Este
procedimiento permitió identificar
categorías de análisis relacionadas
con los alcances de la inteligencia
artificial en la gestión pública, los
límites normativos para su
implementación, la transparencia
algorítmica, la explicabilidad de los
sistemas inteligentes, el debido
proceso, la protección de datos
personales, la responsabilidad
administrativa, la ciberseguridad, la
auditoría de algoritmos y los riesgos
jurídicos asociados a la
automatización de los
procedimientos administrativos.
Asimismo, el análisis permitió
establecer relaciones entre las
distintas categorías y contrastar los
resultados obtenidos con el
contenido del artículo 21 de la
LOSNCP reformada y con los
principios constitucionales que rigen
la contratación pública ecuatoriana.
En consecuencia, esta estrategia
metodológica permitió construir una
interpretación integral, crítica y
fundamentada en evidencia científica
reciente, lo que proporcionó una
base sólida para discutir los desafíos
y oportunidades que plantea la
incorporación de la inteligencia
artificial en el sistema ecuatoriano de
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Inteligencia artificial y contratación pública
117
contratación pública.
Resultados
La revisión documental permitió
identificar que la incorporación de la
inteligencia artificial en la
contratación pública constituye una
tendencia creciente en los sistemas
de administración pública a nivel
internacional. Las investigaciones
analizadas coinciden en que estas
tecnologías incrementan la
capacidad de las entidades blicas
para procesar grandes volúmenes de
información, identificar patrones de
comportamiento, detectar anomalías
y generar alertas tempranas ante
posibles irregularidades a lo largo de
las distintas etapas del ciclo
contractual. Asimismo, se evidenció
que la inteligencia artificial contribuye
a optimizar los procesos de análisis
de riesgos, fortalecer la transparencia
institucional y mejorar la toma de
decisiones basada en datos, siempre
que su implementación esté
respaldada por mecanismos
adecuados de gobernanza y
supervisión humana.
En relación con el ordenamiento
jurídico ecuatoriano, el análisis de la
reforma del artículo 21 de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública permitió
constatar que el legislador incorporó
expresamente la posibilidad de
utilizar herramientas de inteligencia
artificial para detectar irregularidades
en los procedimientos de
contratación pública. Este resultado
representa un avance importante en
la modernización del Sistema
Nacional de Contratación Pública. Sin
embargo, al revisar la normativa, se
observa que la ley solo permite, de
manera general, el uso de estas
tecnologías. No se abordan temas
clave como la regulación de los
algoritmos, la trazabilidad de las
decisiones automatizadas, la
responsabilidad administrativa por
errores tecnológicos, la auditoría de
los sistemas inteligentes ni los
mecanismos para impugnar
decisiones cuando las alertas de
inteligencia artificial afectan a la toma
de decisiones administrativas.
Otro hallazgo relevante consistió en
identificar que la literatura científica
coincide en señalar que la
inteligencia artificial posee un
elevado potencial para detectar
prácticas asociadas con la corrupción
administrativa, la colusión entre
oferentes, los conflictos de interés, el
fraccionamiento de contratos, la
manipulación de procesos de
selección, la sobrevaloración de
bienes y servicios e inconsistencias
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118
en la ejecución contractual. No
obstante, los estudios revisados
advierten que la precisión de estos
sistemas depende directamente de la
calidad de los datos disponibles, de la
interoperabilidad de las bases de
datos públicas y del diseño de
algoritmos transparentes, auditables
y técnicamente confiables. Por lo
tanto, la tecnología sirve como
herramienta de apoyo para la gestión
pública, pero no reemplaza el análisis
jurídico ni la evaluación técnica que
realizan las autoridades
competentes.
La revisión de documentos permitió
identificar cinco riesgos jurídicos
frecuentes al usar inteligencia
artificial en la contratación pública: i)
falta de transparencia o explicabilidad
en los algoritmos usados por la
administración; ii) posibles sesgos
por los datos empleados para
entrenar los modelos; iii) problemas
en el debido proceso si las decisiones
administrativas dependen demasiado
de resultados automatizados; iv)
dudas sobre la responsabilidad
administrativa y patrimonial ante
errores de los sistemas de
inteligencia artificial; y v) riesgos
relacionados con la protección de
datos personales, la ciberseguridad y
la confidencialidad de la información
procesada. La literatura reciente
señala de manera constante que
estos son los principales retos para
implementar la inteligencia artificial
de manera responsable en el sector
público.
Asimismo, el análisis comparativo
evidenció que los países que han
incorporado la inteligencia artificial en
la contratación pública han
acompañado su implementación con
instrumentos regulatorios orientados
a fortalecer la gobernanza
tecnológica. Entre las principales
medidas identificadas destacan la
evaluación previa de riesgos, la
supervisión humana obligatoria de las
decisiones automatizadas, la
transparencia algorítmica, la
documentación técnica de los
sistemas inteligentes, la evaluación
continua de desempeño y los
mecanismos de auditoría
independiente. Los resultados
evidencian que el éxito de la
inteligencia artificial en la
contratación pública depende tanto
de su desarrollo tecnológico como de
la existencia de marcos regulatorios
sólidos que garanticen la legalidad, la
rendición de cuentas y la protección
de los derechos fundamentales a lo
largo de todo el procedimiento
administrativo.
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Inteligencia artificial y contratación pública
119
También permiten concluir que la
reforma del artículo 21 de la LOSNCP
constituye un punto de partida
relevante para la incorporación de la
inteligencia artificial en la
contratación pública ecuatoriana. No
obstante, su eficacia estará
condicionada por el desarrollo de una
regulación complementaria que
establezca criterios técnicos y
jurídicos claros para el diseño, la
implementación, la supervisión y la
evaluación de estas herramientas.
Por lo tanto, la inteligencia artificial
debe entenderse como un
instrumento de apoyo orientado a
fortalecer la transparencia, la
eficiencia, la prevención de
irregularidades y la confianza
ciudadana en la gestión pública. La
consolidación de este modelo exige
armonizar la innovación tecnológica
con los principios de legalidad,
seguridad jurídica, proporcionalidad,
debido proceso y protección de los
derechos fundamentales,
asegurando que las decisiones
administrativas sigan adoptándose
bajo control humano y con plena
responsabilidad institucional.
Discusión
Los resultados de esta investigación
muestran que la incorporación de la
inteligencia artificial en la
contratación pública ecuatoriana
representa un avance importante
hacia la transformación digital de la
administración pública. Su utilización
permite fortalecer los mecanismos de
prevención, supervisión y control
mediante el análisis automatizado de
grandes volúmenes de información,
lo que facilita la identificación
temprana de posibles irregularidades
en los procedimientos de
contratación. Estas capacidades
tecnológicas contribuyen a optimizar
la gestión de los recursos públicos, a
mejorar la eficiencia administrativa y
a favorecer una toma de decisiones
basada en evidencia. Sin embargo,
los resultados también revelan
desafíos significativos en materia de
seguridad jurídica, transparencia,
responsabilidad administrativa y
protección de los derechos
fundamentales, pues la incorporación
de estas herramientas plantea
nuevos escenarios que el
ordenamiento jurídico ecuatoriano
aún no regula de manera integral.
Estos hallazgos coinciden con los de
Molina y Morales (2024), quienes
afirman que la inteligencia artificial
constituye uno de los mayores retos
actuales para el Derecho
Administrativo ecuatoriano, ya que el
marco jurídico vigente resulta
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Inteligencia artificial y contratación pública
120
insuficiente para regular su uso en las
instituciones públicas. Los autores
sostienen que la modernización
tecnológica debe ir acompañada de
un desarrollo normativo que
establezca límites claros para el uso
de los sistemas inteligentes,
garantizando el respeto al principio
de legalidad, la motivación de los
actos administrativos, la
transparencia de las decisiones y la
responsabilidad de las autoridades
cuando estos sean respaldados por
herramientas de inteligencia artificial.
En consecuencia, la presente
investigación confirma que la
innovación tecnológica debe
entenderse como un complemento de
la función administrativa y no como
un mecanismo que sustituya el
análisis jurídico y la discrecionalidad
técnica de los servidores públicos.
Respecto a la contratación pública,
los resultados indican que la inclusión
del artículo 21 en la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación
Pública constituye un primer paso
hacia el uso de tecnologías
inteligentes para mejorar el control de
los procesos de adquisición estatal.
La reforma evidencia la intención del
legislador de incorporar herramientas
innovadoras para fortalecer la
transparencia y prevenir actos de
corrupción mediante el
procesamiento automatizado de la
información.
No obstante, la investigación
identifica vacíos importantes en la
regulación técnica de los algoritmos,
los procedimientos de auditoría, la
trazabilidad de las decisiones
automatizadas, los criterios de
validación de los sistemas
inteligentes y la asignación de
responsabilidades por errores
derivados de su uso. La ausencia de
estos elementos puede generar
incertidumbre sobre la legalidad de
las decisiones administrativas
adoptadas con apoyo de la
inteligencia artificial y dificultar el
ejercicio del control administrativo y
jurisdiccional.
Estos resultados coinciden con el
estudio desarrollado por Vanegas et
al. (2025), quienes concluyen que las
recientes reformas a la contratación
pública ecuatoriana aún generan
inseguridad jurídica y requieren
mecanismos regulatorios más
precisos para garantizar la
transparencia, la confianza
institucional y la correcta aplicación
de la normativa. En este sentido, los
hallazgos de la presente
investigación refuerzan la necesidad
de complementar la reforma legal con
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Inteligencia artificial y contratación pública
121
reglamentos técnicos, protocolos de
gobernanza digital y mecanismos
permanentes de supervisión que
aseguren el funcionamiento
transparente, explicable y verificable
de los sistemas de inteligencia
artificial utilizados por la
administración pública, permitiendo
que la innovación tecnológica
contribuya efectivamente al
fortalecimiento del Sistema Nacional
de Contratación Pública sin
menoscabar los principios
constitucionales que rigen la
actuación del Estado.
Otro aspecto relevante identificado
en esta investigación es que la
inteligencia artificial posee un
importante potencial para fortalecer la
prevención de irregularidades
mediante el procesamiento masivo
de información y la identificación
temprana de patrones asociados a
posibles actos de corrupción. La
capacidad de analizar grandes
volúmenes de datos provenientes de
distintas fuentes permite detectar
comportamientos atípicos,
inconsistencias documentales,
posibles conflictos de interés,
fraccionamientos de contratos,
sobrevaloraciones y otras anomalías
que, mediante los procedimientos
tradicionales de control, podrían
pasar desapercibidas o identificarse
con retraso.
Esta capacidad predictiva y analítica
convierte a la inteligencia artificial en
un instrumento estratégico para
fortalecer los mecanismos de control
preventivo y contribuir a una
administración pública más eficiente
y transparente. No obstante, los
resultados también demuestran que
estas herramientas no pueden
sustituir el análisis jurídico realizado
por los servidores públicos ni
reemplazar el criterio humano en la
adopción de decisiones
administrativas, pues la valoración de
los hechos, la interpretación de las
normas y la ponderación de los
principios constitucionales continúan
siendo competencias propias de las
autoridades públicas. En este
sentido, Molina y Morales (2024)
sostienen que la inteligencia artificial
debe concebirse como un
mecanismo de apoyo para la gestión
pública y no como un sistema
autónomo de toma de decisiones,
planteamiento que coincide
plenamente con los hallazgos de la
presente investigación. Por ello, la
utilización de sistemas inteligentes
debe desarrollarse bajo un modelo de
supervisión humana permanente que
garantice la legalidad de las
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Inteligencia artificial y contratación pública
122
actuaciones administrativas, la
motivación suficiente de las
decisiones y el respeto al debido
proceso, evitando que la
automatización genere actuaciones
arbitrarias o afectaciones a los
derechos de los participantes en los
procesos de contratación pública.
Asimismo, el estudio permitió
establecer que la eficacia de la
inteligencia artificial depende
directamente de la calidad de los
datos procesados, de la
transparencia de los algoritmos y de
la existencia de mecanismos
permanentes de supervisión
institucional. La confiabilidad de los
resultados generados por estas
herramientas depende de que las
bases de datos sean completas,
actualizadas, interoperables y libres
de sesgos que puedan afectar el
funcionamiento de los modelos
inteligentes. De igual manera, resulta
indispensable que los algoritmos
utilizados por la administración
pública sean técnicamente auditables
y suficientemente explicables, de
modo que las decisiones basadas en
inteligencia artificial puedan ser
verificadas y controladas tanto por las
autoridades competentes como por
los órganos de fiscalización y los
propios ciudadanos. En
consecuencia, la incorporación de
estas tecnologías exige el desarrollo
de políticas públicas orientadas a
fortalecer la gobernanza digital, la
interoperabilidad de los sistemas de
información y la capacitación
permanente de los servidores
públicos encargados de administrar
los procesos de contratación. A ello
debe sumarse la implementación de
estándares de ciberseguridad, de
protección de datos personales y de
protocolos de auditoría tecnológica
que permitan reducir los riesgos
asociados al uso de sistemas
automatizados. Sin estas
condiciones, la automatización
podría incrementar los riesgos de
opacidad administrativa, generar
incertidumbre jurídica y afectar
principios fundamentales como la
motivación de los actos
administrativos, la igualdad de los
oferentes, la transparencia, la
seguridad jurídica y el debido
proceso, comprometiendo la
confianza ciudadana en el Sistema
Nacional de Contratación Pública.De
igual manera, los resultados
evidencian que la inteligencia artificial
debe entenderse como una
herramienta preventiva para mejorar
la gestión pública. Su capacidad para
analizar grandes volúmenes de
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Inteligencia artificial y contratación pública
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información en tiempo real permite
detectar patrones inusuales,
identificar riesgos antes de que se
materialicen y fortalecer los
mecanismos de control interno. Esta
perspectiva preventiva marca un
cambio importante en la contratación
pública. Ahora, en lugar de enfocarse
únicamente en sancionar
irregularidades, se busca anticipar
riesgos, promover la transparencia y
tomar decisiones basadas en
evidencia objetiva.
Otro hallazgo importante es que para
implementar inteligencia artificial, el
Estado debe fortalecer sus
capacidades institucionales. La
transformación digital no solo
requiere herramientas tecnológicas,
sino también personal especializado,
una infraestructura informática
adecuada y procesos administrativos
adaptados a la tecnología. Por eso,
es clave ofrecer programas de
formación continua para servidores
públicos, operadores jurídicos y
organismos de control, para que
puedan interpretar los resultados de
los algoritmos con criterios técnicos y
jurídicos adecuados.
Los resultados muestran que es
necesario crear una regulación
adicional que incluya principios de
transparencia algorítmica,
explicabilidad, protección de datos
personales, ciberseguridad y
auditoría independiente de los
sistemas de inteligencia artificial
utilizados por la administración
pública. Si faltan estas garantías,
puede surgir duda sobre la
responsabilidad del Estado, afectar el
derecho a la defensa y limitar el
control judicial de las decisiones
administrativas adoptadas con ayuda
de sistemas automatizados. Además,
la ausencia de reglas claras sobre el
diseño, el funcionamiento, la
validación y la supervisión de los
algoritmos puede generar escenarios
de discrecionalidad tecnológica
incompatibles con los principios de
legalidad y seguridad jurídica que
caracterizan al Estado constitucional
de derechos y justicia.
En este contexto, resulta
indispensable establecer
procedimientos que permitan verificar
periódicamente el desempeño de los
sistemas inteligentes, identificar
posibles sesgos en el procesamiento
de la información y garantizar que las
decisiones administrativas puedan
ser explicadas, revisadas e
impugnadas cuando produzcan
efectos jurídicos sobre los
administrados. Asimismo, la
regulación deberá definir con
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Inteligencia artificial y contratación pública
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precisión las responsabilidades de
las instituciones públicas, de los
desarrolladores de los sistemas
tecnológicos y de los servidores
públicos que intervienen en el uso de
estas herramientas, evitando vacíos
normativos que dificulten la
determinación de responsabilidades
ante posibles errores o afectaciones
a derechos fundamentales.
Por ello, el desarrollo normativo
deberá orientarse a garantizar que la
innovación tecnológica sea
plenamente compatible con los
principios constitucionales que rigen
la función pública, promoviendo un
equilibrio entre la eficiencia
administrativa, la transformación
digital y la tutela efectiva de los
derechos de los ciudadanos.
La discusión permite inferir que la
inteligencia artificial constituye una
oportunidad para fortalecer la
eficiencia, la transparencia y la lucha
contra la corrupción en la
contratación pública ecuatoriana; sin
embargo, su implementación
únicamente será exitosa si se
desarrolla dentro de un marco jurídico
integral que preserve la seguridad
jurídica, la supervisión humana y la
protección de los derechos
fundamentales. Los resultados de
esta investigación evidencian que la
tecnología, por sola, no garantiza
una administración pública más
transparente ni procesos
contractuales exentos de riesgos,
sino que debe integrarse con
mecanismos institucionales de
control, políticas de gobernanza
digital y una adecuada capacitación
de los servidores públicos
encargados de su aplicación.
De igual forma, la confianza de la
ciudadanía en los sistemas de
inteligencia artificial dependerá de la
transparencia con la que operen los
algoritmos, de la posibilidad de
auditar sus resultados y de la
existencia de procedimientos que
permitan corregir errores o impugnar
decisiones cuando estas afecten
derechos o intereses legítimos. En
consecuencia, el Estado ecuatoriano
debe avanzar hacia un modelo de
gobernanza digital que integre la
innovación tecnológica con los
principios de legalidad, debido
proceso, proporcionalidad y
responsabilidad administrativa, y que
además promueva la cooperación
entre especialistas en Derecho,
tecnologías de la información, ciencia
de datos y organismos de control.
Solo mediante una regulación integral
y una implementación responsable
será posible consolidar un sistema de
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Inteligencia artificial y contratación pública
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contratación pública más eficiente,
transparente y confiable, en el que la
inteligencia artificial actúe como un
instrumento de apoyo para la toma de
decisiones, sin reemplazar el juicio
jurídico de las autoridades
competentes ni la responsabilidad
que les corresponde en el ejercicio de
la función pública.
CONCLUSIONES
El análisis jurídico realizado
demuestra que la incorporación de la
inteligencia artificial en el artículo 21
de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública
constituye un avance significativo en
la transformación digital de la
contratación pública ecuatoriana, al
reconocer el potencial de estas
tecnologías para fortalecer la
detección de irregularidades y
optimizar los mecanismos de control
administrativo.
Existe una relación directa entre el
uso de herramientas de inteligencia
artificial y el fortalecimiento de la
transparencia en la contratación
pública, ya que estas tecnologías
facilitan el análisis masivo de datos,
la identificación de patrones atípicos
y la generación de alertas tempranas
que contribuyen a prevenir actos de
corrupción y a mejorar la eficiencia de
la gestión pública.
Se evidenció que el marco jurídico
ecuatoriano aún presenta vacíos
normativos respecto a la regulación
del uso de la inteligencia artificial en
la contratación pública,
especialmente en aspectos
relacionados con la transparencia
algorítmica, la auditoría de los
sistemas inteligentes, la
responsabilidad administrativa, la
protección de datos personales y la
garantía del debido proceso, lo que
limita la seguridad jurídica en su
aplicación.
La implementación efectiva de la
inteligencia artificial en la
contratación pública exige el
desarrollo de una regulación
complementaria que armonice la
innovación tecnológica con los
principios constitucionales de
legalidad, transparencia, seguridad
jurídica, responsabilidad
administrativa y protección de los
derechos fundamentales. Es esencial
garantizar que estas herramientas
funcionen como mecanismos de
apoyo para la toma de decisiones, sin
sustituir el control humano ni el juicio
jurídico de las autoridades
competentes.
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Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. julio dic . 2026) ISSN: 3121-2972.
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