Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
La estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada y en período de  
lactancia frente al despido en Ecuador  
The enhanced employment stability of pregnant and breastfeeding women  
against dismissal in Ecuador  
Autor:  
Afiliación institucional: Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López  
*Autor, correo para correspondencia: sasalazar@espam.edu.ec  
Resumen  
La estabilidad laboral reforzada de las mujeres embarazadas y en período de lactancia constituye  
una garantía esencial para hacer efectivos los derechos al trabajo, a la igualdad, a la no  
discriminación, a la maternidad y al cuidado. En Ecuador, esta protección ha experimentado un  
importante desarrollo constitucional, legal y jurisprudencial que supera una visión estrictamente  
contractual de la relación laboral y reconoce que la pérdida del empleo durante el embarazo o la  
lactancia puede colocar a la mujer y a su hijo o hija en una situación de especial vulnerabilidad. El  
objetivo de este estudio fue analizar el alcance jurídico de la estabilidad laboral reforzada de las  
mujeres embarazadas y en período de lactancia frente al despido en Ecuador, considerando la  
Constitución de la República, el Código del Trabajo, la Ley Orgánica del Derecho al Cuidado  
Humano y la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Se desarrolló una investigación cualitativa,  
documental  
y
jurídico-dogmática, mediante los métodos analítico-sintético, exegético,  
hermenéutico y jurisprudencial. La búsqueda documental empleó operadores booleanos (AND,  
OR y NOT) para seleccionar normativa, jurisprudencia y literatura especializada. Los resultados  
evidencian que la protección laboral reforzada no constituye una garantía de permanencia  
indefinida, sino una tutela especial frente a decisiones de desvinculación relacionadas, directa o  
indirectamente, con el embarazo, la maternidad o la lactancia. La jurisprudencia constitucional  
reciente ha ampliado y precisado esta protección en contratos ocasionales, cargos de libre  
nombramiento y remoción, empresas públicas y contratos especiales emergentes. Se concluye  
que Ecuador dispone de un marco jurídico protector significativo, aunque su efectividad depende  
de la correcta aplicación de las garantías, de la motivación de las decisiones de desvinculación y  
de la comprensión de la maternidad y el cuidado como responsabilidades que trascienden el  
ámbito exclusivamente privado.  
Palabras clave: estabilidad laboral reforzada; embarazo; lactancia; despido ineficaz; derecho al  
trabajo; derecho al cuidado  
Abstract  
Enhanced employment stability for pregnant and breastfeeding women constitutes an essential  
guarantee for the effective protection of the rights to work, equality, non-discrimination, maternity,  
and care. In Ecuador, this protection has undergone significant constitutional, legal, and  
jurisprudential development, moving beyond a strictly contractual understanding of employment  
relationships and recognizing that job loss during pregnancy or breastfeeding may place women  
and their children in a particularly vulnerable situation. This study analyzed the legal scope of  
enhanced employment stability for pregnant and breastfeeding women against dismissal in  
Ecuador, considering the Constitution of the Republic, the Labor Code, the Organic Law on the  
Human Right to Care, and the jurisprudence of the Constitutional Court. A qualitative, documentary,  
and legal-dogmatic research design was applied using analytical-synthetic, exegetical,  
hermeneutical, and jurisprudential methods. The documentary search used the Boolean operators  
AND, OR, and NOT to select legislation, case law, and specialized literature. The results show that  
enhanced employment protection does not guarantee indefinite permanence but rather provides  
special protection against termination decisions directly or indirectly related to pregnancy,  
maternity, or breastfeeding. Recent constitutional jurisprudence has expanded and clarified this  
protection regarding temporary contracts, freely appointed and removable positions, public  
companies, and special emergency employment contracts. It is concluded that Ecuador has  
developed a significant protective legal framework, although its effectiveness depends on the  
proper application of legal guarantees, adequate reasoning of termination decisions, and  
152  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
recognition of maternity and care as responsibilities that transcend the exclusively private sphere.  
Keywords: enhanced employment stability; pregnancy; breastfeeding; ineffective dismissal; right  
to work; right to care  
Información del manuscrito:  
Fecha de recepción: 21 de julio de 2026  
Fecha de aceptación: 30 de julio de 2026  
Fecha de publicación: 22 de agosto de 2026  
153  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
Introducción  
con los artículos 331 y 332 de la  
Constitución. El primero obliga al  
Estado a garantizar la igualdad de las  
mujeres en el acceso al empleo, la  
formación, la promoción laboral y la  
El embarazo y la maternidad  
representan  
trascendentales en la vida de muchas  
mujeres, pero también pueden  
momentos  
remuneración,  
y
a
prohibir  
la  
convertirse en circunstancias de  
especial vulnerabilidad en el ámbito  
laboral. La posibilidad de perder el  
discriminación y la violencia en el  
trabajo. El artículo 332 protege los  
derechos  
reproductivos  
de  
las  
empleo  
precisamente  
cuando  
personas trabajadoras y prohíbe  
expresamente el despido de la mujer  
asociado a su condición de gestación  
y maternidad.  
aumentan  
las necesidades  
económicas, familiares y de cuidado  
demuestra que el despido de una  
trabajadora embarazada o en período  
de lactancia no puede analizarse  
únicamente como la terminación de  
una relación contractual. Detrás de  
esa decisión se encuentran derechos  
De  
esta  
construcción  
constitucional surge la denominada  
estabilidad laboral reforzada. No se  
trata  
simplemente  
de  
impedir  
cualquier terminación de la relación  
laboral. Su verdadera finalidad es  
evitar que el embarazo, la maternidad  
o la lactancia sean utilizados, de  
manera expresa o encubierta, como  
motivos para excluir a una mujer del  
mercado laboral.  
relacionados  
igualdad,  
con  
la  
dignidad,  
seguridad  
económica,  
salud,  
desarrollo integral del niño o niña.  
La Constitución de  
maternidad,  
cuidado  
y
la  
República del Ecuador establece un  
sistema especialmente protector. Su  
artículo 43 reconoce a las mujeres  
embarazadas y en período de  
lactancia, entre otros derechos, el de  
En el ámbito legislativo, la Ley  
Orgánica para la Justicia Laboral y  
Reconocimiento del Trabajo en el  
Hogar fortaleció esta tutela mediante  
la incorporación del régimen del  
despido ineficaz al ordenamiento  
laboral ecuatoriano. La finalidad fue  
establecer una respuesta jurídica  
particularmente intensa frente al  
despido injustificado de trabajadoras  
no  
ser  
discriminadas  
por  
su  
embarazo en los ámbitos educativo,  
social y laboral, así como la  
protección prioritaria de su salud y las  
facilidades necesarias durante la  
recuperación y la lactancia.  
Esta garantía se complementa  
154  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
pertenecientes  
a
categorías  
protección frente a cargos de libre  
nombramiento y remoción, relaciones  
laborales en empresas públicas y  
contratos especiales emergentes.  
En este contexto surge la  
especialmente protegidas.  
Posteriormente,  
la  
Ley  
Orgánica del Derecho al Cuidado  
Humano, publicada en el Suplemento  
del Registro Oficial No. 309, de 12 de  
mayo de 2023, profundizó en el  
siguiente  
interrogante  
de  
investigación: ¿en qué medida el  
ordenamiento jurídico ecuatoriano  
tránsito  
desde  
una  
protección  
la  
exclusivamente  
vinculada  
a
garantiza  
efectivamente  
la  
maternidad hacia una concepción  
integral del derecho al cuidado. La ley  
estabilidad laboral reforzada de las  
mujeres embarazadas y en período  
de lactancia frente al despido?  
establece  
instituciones públicas y privadas y  
busca crear condiciones que  
obligaciones  
para  
El objetivo general del estudio  
consiste en analizar el alcance  
jurídico de la estabilidad laboral  
permitan ejercer efectivamente las  
responsabilidades de cuidado.  
reforzada  
de  
las  
mujeres  
La  
jurisprudencia  
también ha  
embarazadas y en período de  
lactancia frente al despido en  
Ecuador, a partir de la normativa  
vigente y de la evolución de la  
jurisprudencia constitucional.  
constitucional  
desempeñado un papel decisivo. La  
Sentencia 3-19-JP/20 sus  
acumulados se convirtieron en uno  
de los principales precedentes  
y
Materiales y métodos  
ecuatorianos sobre la protección de  
las mujeres embarazadas y en  
período de lactancia. La Corte analizó  
Enfoque y diseño de investigación  
La investigación se desarrolló  
desde un enfoque cualitativo, ya que  
estuvo orientada a interpretar el  
contenido y el alcance de las normas  
múltiples  
casos  
de  
mujeres  
vinculadas al sector público que  
fueron  
separadas  
mientras  
se  
en  
encontraban  
embarazadas,  
jurídicas  
y
los  
precedentes  
licencia de maternidad o lactando.  
Este proceso jurisprudencial  
continúa evolucionando. Durante  
jurisprudenciales relacionados con la  
estabilidad laboral reforzada.  
Se  
empleó  
un  
diseño  
2025 y 2026 la Corte Constitucional  
emitió decisiones que precisan la  
documental  
y
jurídico-dogmático,  
mediante la revisión sistemática de  
155  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
normas  
constitucionales,  
de  
la  
interpretaron las normas atendiendo  
a los principios constitucionales de  
legislación laboral, de instrumentos  
internacionales, de sentencias de la  
Corte Constitucional y de la literatura  
jurídica especializada.  
igualdad,  
prioritaria,  
dignidad,  
seguridad  
protección  
jurídica  
y
progresividad.  
El  
estudio  
tuvo  
alcance  
Finalmente,  
el  
método  
descriptivo, analítico e interpretativo.  
La dimensión descriptiva permitió  
identificar las normas existentes; la  
analítica posibilitó establecer las  
relaciones entre embarazo, lactancia,  
estabilidad laboral, no discriminación  
y el derecho al cuidado; mientras que  
la dimensión interpretativa permitió  
examinar la evolución jurisprudencial  
de estas garantías.  
jurisprudencial permitió estudiar la  
evolución de los criterios de la Corte  
Constitucional  
determinar  
del  
Ecuador  
estos  
y
cómo  
han  
configurado el contenido actual de la  
estabilidad laboral reforzada.  
Estrategia de búsqueda mediante  
operadores booleanos  
La  
búsqueda  
documental  
se  
estructuró utilizando los operadores  
AND, OR y NOT, con combinaciones  
en español e inglés.  
Métodos  
Se aplicó el método analítico-  
sintético mediante la descomposición  
del objeto de estudio en categorías  
como la estabilidad laboral, el  
embarazo, la lactancia, el despido, la  
Tabla 1. Relación base, ecuación y  
finalidad  
Ecuación  
Base  
o
de  
Finalidad  
discriminación  
y
el  
cuidado,  
fuente  
búsqueda  
integrándolas posteriormente para  
construir una interpretación jurídica  
conjunta.  
“embarazo” Identificar  
AND jurispruden  
Corte  
El método exegético permitió  
examinar el contenido literal y  
sistemático de la Constitución, de la  
legislación laboral y de las demás  
disposiciones aplicables.  
Constituci “estabilidad cia  
onal laboral constitucion  
reforzada” al  
Mediante  
el  
método  
se  
hermenéutico-jurídico  
156  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
“lactancia” Examinar  
Corte  
Criterios  
inclusión  
de Criterios  
exclusión  
de  
AND  
protección  
Constituci  
onal  
“desvincula durante  
ción laboral” lactancia  
Normativa  
ecuatoriana  
aplicable  
Documentos  
sin  
relación  
directa  
Legislació “embarazo”  
con el problema  
Identificar  
normativa  
laboral  
n
AND  
Jurisprudencia  
constitucional  
relevante  
Información  
identificación  
fuente  
sin  
ecuatorian “despido  
de  
a
ineficaz”  
“mujer  
Normativa  
derogada  
embarazad  
Documentos  
oficiales  
sin  
a”  
AND Localizar  
Literatura  
científica  
valor  
histórico  
“estabilidad estudios  
para el análisis  
laboral”  
AND  
jurídicos  
Estudios  
embarazo,  
maternidad,  
lactancia  
trabajo  
sobre  
Ecuador  
Estudios  
exclusivamente  
y clínicos  
“maternity”  
AND  
Incorporar  
referentes  
internacion  
ales  
“employme  
nt  
Literatura  
científica  
Publicaciones en Documentos  
español e inglés duplicados  
protection”  
OR  
“job  
Fuentes  
stability”  
Opiniones  
relacionadas con  
respaldo  
sin  
o
Excluir  
derechos  
“embarazo”  
AND  
normativo  
documento  
s ajenos al  
ámbito  
laborales  
cuidado  
y
científico  
Búsqueda  
depurada  
“despido”  
NOT “salud  
clínica”  
El análisis documental se organizó en  
una matriz que incluyó la fuente, el  
año, la institución, el contenido  
jurídico, la categoría analítica y el  
aporte al objetivo del estudio.  
jurídico-  
laboral  
Tabla 2. Criterios de selección  
Resultados  
157  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
Configuración constitucional de la  
estabilidad laboral reforzada  
Prohíbe  
despido  
Derechos  
Art.  
332  
reproductivos asociado  
y estabilidad gestación  
maternidad  
a
y
El primer resultado evidencia  
que la estabilidad laboral reforzada  
tiene un fundamento constitucional  
directo y no depende exclusivamente  
del Código del Trabajo.  
Vincula  
Interés  
Art. 44 superior  
protección  
de laboral  
con  
La  
diferentes  
protección:  
Constitución  
dimensiones  
integra  
de  
niños y niñas bienestar  
infantil  
Tabla 3. Dimensiones de la  
Constitución  
La lectura conjunta de estas  
disposiciones permite comprender  
que la protección no persigue otorgar  
un privilegio injustificado. Busca  
compensar una situación en la que  
Norm Contenido  
Incidencia  
a
relevante  
Igualdad  
y Impide  
una  
decisión  
empresarial  
Art.  
prohibición de discriminació  
discriminació n asociada al  
aparentemente  
neutral  
puede  
especialmente  
trabajadora  
11.2  
acarrear  
graves  
efectos  
para una  
n
embarazo  
embarazada o lactante.  
Reconoce  
especial  
Atención  
prioritaria  
Art. 35  
Art. 43  
Del despido prohibido al despido  
ineficaz  
protección  
Protección  
durante  
La  
legislación  
laboral  
Prohíbe  
ecuatoriana evolucionó desde la  
simple prohibición del despido hasta  
convertirse en un mecanismo de  
tutela reforzado mediante la figura del  
despido ineficaz.  
discriminació  
n laboral  
embarazo  
lactancia  
y
Igualdad  
de Refuerza  
Art.  
331  
las  
mujeres igualdad  
en el trabajo material  
La Ley Orgánica para la  
Justicia Laboral y Reconocimiento del  
Trabajo en el Hogar incorporó este  
mecanismo con la finalidad de  
158  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
proteger, entre otros sujetos, a las  
trabajadoras embarazadas frente a  
impedir  
cualquier  
terminación  
fundada en una causa legítima,  
objetiva y jurídicamente demostrable.  
decisiones  
unilaterales  
de  
terminación contrarias a la protección  
Esta  
distinción  
es  
especial  
reconocida  
fundamental.  
embarazada  
obligaciones  
Una  
trabajadora  
constitucionalmente.  
mantiene  
sus  
el  
La importancia de la ineficacia  
laborales,  
pero  
radica en que el Derecho no se limita  
empleador no puede utilizar razones  
aparentes para encubrir una decisión  
discriminatoria.  
a
reconocer  
que  
existió  
sino  
una  
que  
una  
a
terminación  
injusta,  
posteriormente  
indemnización.  
determinadas  
calcula  
Frente  
La  
jurisprudencia  
constitucional ha reconocido que  
pueden existir causas de terminación  
situaciones  
especialmente protegidas, cuestiona  
jurídicamente los efectos mismos de  
la desvinculación.  
desvinculadas  
del  
embarazo,  
siempre que sean jurídicamente  
válidas y se observen las garantías  
correspondientes.  
Por tanto, el despido ineficaz  
representa una manifestación del  
principio de igualdad material: tratar  
de forma diferenciada una situación  
que requiere protección reforzada  
para alcanzar una igualdad real.  
Embarazo, lactancia y derecho al  
cuidado  
La Ley Orgánica del Derecho  
al Cuidado Humano representa un  
cambio cualitativo en el análisis del  
problema. Su objeto comprende la  
protección del derecho al cuidado de  
las personas trabajadoras respecto  
La estabilidad laboral reforzada no  
significa inamovilidad absoluta  
Uno  
de  
los  
principales  
jurídico  
resultados  
del  
análisis  
de  
sus  
hijos,  
dependientes  
y
consiste en diferenciar la estabilidad  
familiares que requieran cuidado.  
Además, tiene aplicación en los  
sectores público y privado.  
reforzada  
absoluta.  
de  
la  
inamovilidad  
La Constitución prohíbe el  
despido asociado a la gestación y  
maternidad. Esto significa que la  
protección no puede utilizarse para  
Esto  
significa  
laboral  
que  
la  
el  
estabilidad  
durante  
embarazo y lactancia no debe  
entenderse exclusivamente como  
159  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
protección individual de la mujer.  
Compensación  
vinculada  
derecho  
También  
existe  
una  
dimensión  
2286-17-  
EP/23  
al  
al  
2023  
familiar y social.  
cuidado  
Perder el empleo durante  
estas etapas puede significar perder  
Protección frente  
a desvinculación  
el  
ingreso  
necesario  
para  
la  
530-20-  
EP/25  
alimentación, la vivienda, la salud y el  
cuidado, precisamente cuando la  
dependencia del recién nacido es  
2025 en cargo de libre  
nombramiento y  
remoción  
mayor.  
La  
estabilidad  
laboral  
Aplicación  
adquiere así una dimensión humana  
que trasciende la lógica estrictamente  
contractual.  
supletoria  
Código  
del  
del  
en  
607-24-  
EP/26  
2026  
Trabajo  
Evolución jurisprudencial  
empresas  
públicas  
La revisión jurisprudencial permitió  
identificar una evolución progresiva:  
Protección  
contratos  
en  
Tabla 4. Evolución jurisprudencial  
36-22-  
CN/26  
2026  
especiales  
emergentes  
Sentencia  
Año Principal aporte  
Protección  
mujeres  
de  
La Sentencia 108-14-EP/20  
reconoció que la naturaleza temporal  
de un contrato ocasional no elimina  
embarazadas  
y
108-14-  
EP/20  
2020 lactantes  
en  
automáticamente  
constitucional, y señaló que su  
extensión renovación puede  
la  
protección  
relaciones  
laborales  
o
temporales  
resultar necesaria para garantizar  
efectivamente los derechos durante  
el período protegido.  
Desarrollo  
3-19-JP/20 y  
acumulados  
estructural de la  
protección  
2020  
Posteriormente, la Sentencia  
laboral reforzada  
3-19-JP/20  
y
sus  
un  
acumulados  
precedente  
consolidaron  
estructural al estudiar 19 casos de  
160  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
mujeres del sector público que  
habían sido desvinculadas durante el  
Este  
estándar  
resulta  
trascendente porque reconoce una  
embarazo, la maternidad  
lactancia.  
o
la  
realidad  
probatoria:  
que una  
tuvo  
demostrar  
decisión  
directamente  
laboral  
motivaciones  
puede resultar  
difícil  
La Sentencia 2286-17-EP/23  
vinculó directamente la estabilidad  
laboral reforzada con el derecho al  
discriminatorias  
extremadamente  
trabajadora.  
para  
la  
cuidado.  
En  
aquel  
ocurrió  
caso,  
la  
la  
terminación  
durante  
Empresas  
públicas:  
Sentencia  
licencia de maternidad y la Corte  
dispuso una compensación por los  
haberes dejados de percibir hasta la  
culminación del período de lactancia.  
607-24-EP/26  
La jurisprudencia de 2026  
fortaleció de nuevo esta protección.  
En la Sentencia 607-24-EP/26, la  
Corte examinó el caso de una mujer  
embarazada desvinculada de una  
empresa pública.  
Presunción de discriminación y  
carga justificativa  
Un desarrollo particularmente  
importante  
se  
observa  
en  
la  
La Corte concluyó que el  
Código del Trabajo puede operar  
supletoriamente cuando el régimen  
especial de las empresas públicas  
presenta un vacío normativo y  
determinó que resultaba aplicable la  
Sentencia 530-20-EP/25. La Corte  
Constitucional  
desvinculación  
examinó  
de una  
la  
mujer  
embarazada que ocupaba un cargo  
de libre nombramiento y remoción y  
señaló  
que,  
en  
determinadas  
protección  
despido  
correspondiente  
al  
circunstancias, opera una presunción  
ineficaz. Asimismo,  
de  
separación  
embarazo o la lactancia.  
discriminación  
cuando  
la  
el  
estableció que la falta de garantía de  
estabilidad reforzada vulneró el  
derecho de la accionante al trabajo.  
ocurre  
durante  
En  
tales  
situaciones,  
Este criterio demuestra que la  
naturaleza jurídica del empleador no  
puede utilizarse automáticamente  
corresponde a la entidad demostrar,  
mediante elementos objetivos, que la  
terminación no estuvo relacionada  
con el embarazo, sino con razones  
legítimas y comprobables.  
para  
desvirtuar  
una  
garantía  
constitucional.  
161  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
Contratos especiales emergentes:  
un desarrollo jurisprudencial de  
2026  
Protección internacional  
En el ámbito internacional,  
Ecuador mantiene vigente la  
ratificación del Convenio 103 de la  
Organización Internacional del  
Uno de los resultados más  
recientes del estudio es la Sentencia  
36-22-CN/26, dictada el 14 de mayo  
de 2026.  
Trabajo sobre la protección de la  
maternidad, suscrita el 5 de febrero  
de 1962.  
La Corte analizó la terminación  
por cumplimiento del plazo máximo  
del contrato especial emergente  
previsto en el artículo 19 de la Ley  
Orgánica de Apoyo Humanitario  
cuando la trabajadora se encuentra  
Debe realizarse una precisión  
importante: Ecuador no ha ratificado  
hasta la fecha el Convenio 183 de la  
OIT sobre la protección de la  
maternidad. Por tanto, aunque sus  
disposiciones pueden resultar útiles  
como referencia interpretativa y  
embarazada  
lactancia.  
o
en  
período  
de  
representan  
estándares  
La  
Corte  
estableció  
una  
la  
internacionales contemporáneos, no  
debe presentarse como un convenio  
ratificado y directamente vinculante  
para Ecuador.  
interpretación  
conforme  
a
Constitución: en tales circunstancias,  
corresponde extender el contrato  
hasta la finalización del período de  
lactancia, sin convertirlo por ello en  
indefinido, o recurrir a otra modalidad  
contractual que garantice continuidad  
El artículo 8 del Convenio 183  
establece  
como  
estándar  
internacional que el despido durante  
embarazo, licencia de maternidad o  
período posterior protegido no debe  
y
condiciones  
laborales  
y
remunerativas iguales o mejores  
hasta la culminación de dicho  
período.  
fundarse  
en  
circunstancias  
con embarazo,  
relacionadas  
nacimiento o lactancia y atribuye al  
empleador la carga de demostrar que  
la terminación responde a otros  
motivos.  
Este  
precedente  
resulta  
especialmente significativo porque  
demuestra que el vencimiento formal  
del plazo contractual no puede  
analizarse de manera aislada de la  
protección constitucional reforzada.  
Discusión  
Los  
resultados  
permiten  
162  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
sostener que la estabilidad laboral  
La Sentencia 530-20-EP/25  
profundiza en este razonamiento al  
introducir un estándar probatorio  
especialmente relevante. Cuando  
existen elementos que permiten  
presumir que la desvinculación está  
relacionada con el embarazo, exigir a  
la trabajadora una demostración  
reforzada  
Ecuador  
ha  
evolucionado  
en  
desde  
una protección  
centrada fundamentalmente en la  
prohibición del despido hacia un  
sistema constitucional que articula  
trabajo, igualdad, maternidad, no  
discriminación y cuidado.  
Esta  
evolución  
modifica  
de  
absoluta  
de  
la  
intención  
hacer  
sustancialmente  
la manera  
discriminatoria  
prácticamente  
podría  
comprender el conflicto entre la  
libertad contractual y la protección  
laboral. Si el problema se analizara  
exclusivamente desde la perspectiva  
de la autonomía del empleador,  
podría sostenerse que la terminación  
de determinados contratos permite  
dar por terminada automáticamente  
la relación laboral. Sin embargo, la  
imposible  
la  
protección constitucional. De ahí la  
importancia de trasladar al empleador  
o entidad la necesidad de presentar  
razones  
objetivas  
capaces  
de  
desvirtuar esa presunción.  
La Sentencia 607-24-EP/26  
amplía esta discusión a las empresas  
públicas. Su aporte radica en impedir  
que las diferencias entre regímenes  
jurídicos se conviertan en espacios  
de desprotección. Cuando existe un  
jurisprudencia  
constitucional  
contemporánea exige incorporar a  
ese análisis la situación particular de  
la trabajadora.  
vacío  
supletoria del Código del Trabajo  
puede resultar necesaria para  
normativo,  
la  
aplicación  
La  
Sentencia  
3-19-JP/20  
marcó un punto fundamental al  
reconocer el carácter reforzado de  
esta estabilidad en el sector público.  
preservar la efectividad del derecho  
constitucional.  
Las  
decisiones  
posteriores  
Todavía  
resulta la Sentencia 36-22-CN/26. El  
razonamiento constitucional  
más  
significativa  
demuestran que aquel precedente no  
permaneció estático, sino que ha  
servido de fundamento para resolver  
nuevos problemas derivados de  
distintas modalidades de vinculación.  
empleado permite afirmar que el  
cumplimiento del plazo contractual no  
puede operar como una fórmula  
automática cuando coincide con el  
163  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
embarazo o la lactancia. La Corte no  
convierte el contrato temporal en  
Otro aspecto relevante surge  
de la Ley Orgánica del Derecho al  
Cuidado Humano. El empleo de una  
mujer durante el embarazo y la  
indefinido;  
busca  
que  
la  
una  
solución  
preserve  
proporcional  
simultáneamente  
naturaleza  
lactancia  
no  
garantiza  
contractual y la protección reforzada.  
Esta solución evidencia que la  
exclusivamente  
su  
autonomía  
económica; constituye también un  
soporte material para el cuidado. La  
estabilidad  
reforzada  
debe  
comprenderse desde la igualdad  
material. Tratar exactamente igual a  
una trabajadora embarazada y a otra  
persona que no atraviesa esa  
pérdida  
puede afectar al recién nacido y al  
entorno familiar. Por ello, la  
injustificada  
del  
trabajo  
estabilidad laboral adquiere una  
dimensión social.  
situación  
puede  
acarrear  
profundamente  
protección  
consecuencias  
desiguales.  
diferenciada  
Desde  
esta  
perspectiva,  
La  
proteger a una mujer embarazada  
frente al despido discriminatorio no  
encuentra  
entonces  
justificación constitucional en la  
necesidad de evitar que la  
implica  
otorgarle  
otros  
una  
ventaja  
respecto de  
trabajadores.  
maternidad se convierta en una  
desventaja laboral.  
Significa reconocer que la maternidad  
continúa generando cargas sociales y  
laborales diferenciadas y que el  
Derecho debe impedir que estas se  
También  
resulta  
necesario  
destacar que la protección no debe  
interpretarse  
absoluta  
como  
frente  
inmunidad  
cualquier  
traduzcan  
en  
la  
exclusión  
del  
a
mercado laboral.  
consecuencia laboral. Si existe una  
causa legítima, objetiva y ajena al  
embarazo o a la lactancia, la  
terminación puede ser jurídicamente  
posible mediante los procedimientos  
El análisis internacional revela  
una oportunidad pendiente. Ecuador  
mantiene vigente el Convenio 103 de  
la OIT, mientras que el Convenio 183  
—instrumento más reciente sobre la  
correspondientes.  
Lo  
protección  
de  
la  
maternidad—  
constitucionalmente inadmisible es  
utilizar una causa aparente para  
ocultar la discriminación.  
continúa sin ser ratificado. Esta  
situación abre una línea de análisis  
futura sobre la conveniencia jurídica y  
social de actualizar los compromisos  
164  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
internacionales  
ecuatoriano  
del  
Estado  
de  
Corte Constitucional ha extendido y  
en  
materia  
precisado  
protección  
los  
estándares  
de  
maternidad y trabajo.  
frente  
a
diversas  
modalidades de vinculación laboral y  
administrativa.  
Conclusiones  
El  
análisis  
constitucional  
La  
estabilidad  
laboral  
permitió determinar que la estabilidad  
laboral reforzada de las mujeres  
embarazadas y en período de  
lactancia tiene fundamento directo en  
los derechos a la igualdad, a la no  
reforzada no constituye una garantía  
absoluta de permanencia ni convierte  
automáticamente  
una  
relación  
temporal en indefinida. Lo que exige  
es que ninguna terminación tenga  
como fundamento directo, indirecto o  
discriminación,  
a
la  
protección  
prioritaria, al trabajo, a la maternidad  
y a los derechos reproductivos. Por  
tanto, su aplicación no puede quedar  
subordinada exclusivamente a la  
modalidad contractual utilizada.  
encubierto  
el  
embarazo,  
la  
maternidad o la lactancia y que las  
causas legítimas de desvinculación  
puedan  
ser  
demostradas  
objetivamente.  
El estudio de la legislación  
laboral evidencia que la figura del  
despido ineficaz constituye uno de los  
La Sentencia 36-22-CN/26  
representa  
un  
desarrollo  
particularmente  
relevante  
incluso  
al  
el  
principales  
mecanismos  
de  
establecer  
que  
protección frente a desvinculaciones  
contrarias a la tutela reforzada. Su  
finalidad trasciende la mera lógica  
indemnizatoria y procura ofrecer una  
respuesta jurídica efectiva frente a  
decisiones que pueden comprometer  
derechos constitucionales.  
cumplimiento del plazo de un contrato  
especial  
emergente  
conforme  
debe  
la  
interpretarse  
a
Constitución cuando la trabajadora se  
encuentra embarazada o lactando, lo  
que permite extender temporalmente  
la relación o emplear otra modalidad  
contractual protectora.  
La  
revisión  
jurisprudencial  
demostró una evolución progresiva  
de la estabilidad laboral reforzada.  
Las sentencias 3-19-JP/20, 2286-17-  
EP/23, 530-20-EP/25, 607-24-EP/26  
y 36-22-CN/26 evidencian que la  
La incorporación del derecho  
al cuidado transforma la comprensión  
tradicional de la estabilidad laboral.  
La protección del empleo durante el  
165  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
embarazo y la lactancia no responde  
únicamente al interés individual de la  
trabajadora, sino que también se  
En definitiva, la estabilidad  
laboral reforzada debe entenderse  
como una garantía destinada a que la  
maternidad nunca se convierta en  
una causa de exclusión laboral.  
Proteger el empleo de una mujer  
durante el embarazo y la lactancia  
implica, simultáneamente, proteger  
relaciona  
económica, la protección familiar y  
las condiciones materiales  
con  
la  
autonomía  
necesarias para el cuidado del niño o  
la niña.  
su  
dignidad,  
su  
autonomía  
Aunque Ecuador dispone de  
un marco constitucional, legal y  
jurisprudencial robusto, la efectividad  
de la protección depende de que los  
económica, su derecho al cuidado y  
las condiciones necesarias para el  
bienestar de su hijo o hija.  
empleadores,  
públicas,  
las  
las  
instituciones  
autoridades  
Bibliografía  
Asamblea  
Nacional  
del  
administrativas y los operadores de  
justicia apliquen adecuadamente los  
estándares desarrollados por la Corte  
Constitucional y eviten que las  
formalidades contractuales se utilicen  
Ecuador. (2008). Constitución de la  
República del Ecuador. Montecristi,  
Ecuador.  
Asamblea  
Nacional  
del  
Ecuador. (2015). Ley Orgánica para  
la Justicia Laboral y Reconocimiento  
del Trabajo en el Hogar. Ecuador.  
para  
encubrir  
prácticas  
discriminatorias.  
En el plano internacional,  
una oportunidad de  
fortalecimiento normativo, dado que  
Ecuador mantiene vigente el  
Asamblea  
Ecuador. (2023). Ley Orgánica del  
Derecho al Cuidado Humano.  
Nacional  
del  
existe  
Suplemento del Registro Oficial No.  
309, 12 de mayo de 2023.  
Convenio 103 de la OIT, pero no ha  
ratificado el Convenio 183 sobre la  
protección de la maternidad. El  
análisis de una eventual actualización  
de los compromisos internacionales  
Corte  
Constitucional  
del  
Ecuador. (2020). Sentencia No. 108-  
14-EP/20. Protección de las mujeres  
embarazadas y en período de  
lactancia en el contexto laboral.  
podría  
constituir  
una  
línea  
de  
investigación futura.  
Corte  
Constitucional  
del  
Ecuador. (2020). Sentencia No. 3-19-  
166  
Revista Científica PROciencias. Vol. 3, Núm. 2 (Ed. juliodic. 2026) ISSN: 3121-2972.  
Estabilidad laboral y embarazo  
JP/20 y acumulados. Derechos de las  
mujeres embarazadas y en período  
de lactancia.  
Organización Internacional del  
Trabajo. (1952). Convenio sobre la  
protección  
(revisado),  
de  
la  
maternidad  
(núm. 103).  
1952  
Corte  
Ecuador. (2023). Sentencia No. 2286-  
17-EP/23. Vulneración de la  
Constitucional  
del  
Ratificado por Ecuador el 5 de febrero  
de 1962.  
estabilidad laboral reforzada de una  
mujer con licencia de maternidad y  
aplicación de la compensación para  
el derecho al cuidado.  
Organización Internacional del  
Trabajo. (2000). Convenio sobre la  
protección de la maternidad, 2000  
(núm.  
183).  
Ginebra:  
OIT.  
Instrumento no ratificado por Ecuador  
a la fecha de este estudio.  
Corte  
Constitucional  
del  
Ecuador. (2025). Sentencia No. 530-  
20-EP/25. Derecho a la protección  
laboral reforzada y derecho al  
cuidado de mujeres embarazadas  
con cargos de libre nombramiento y  
remoción.  
Corte  
Ecuador. (2025). Sentencia No. 2175-  
21-EP/25. Protección laboral  
Constitucional  
del  
reforzada de mujeres embarazadas y  
en período de lactancia.  
Corte  
Constitucional  
del  
Ecuador. (2026). Sentencia No. 607-  
24-EP/26. Aplicación supletoria del  
Código del Trabajo en empresas  
públicas para proteger a trabajadoras  
embarazadas frente al despido.  
Corte  
Ecuador. (2026). Sentencia No. 36-  
22-CN/26 (Caso 36-22-CN  
Constitucional  
del  
y
acumulado). Quito, 14 de mayo de  
2026.  
167