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La valoración de la prueba electrónica en los procesos judiciales ecuatorianos:
desafíos y garantías procesales
The Assessment of Electronic Evidence in Ecuadorian Judicial Proceedings:
Challenges and Procedural Guarantees
Autores:
Luis Alfredo Ponce Cañarte, ORCID: https://orcid.org/0009-0006-3174-2738. Correo:
luisalfredo.ponce@unesum.edu.ec
Vilma Veronica Manrique Merchan, Correo: verito2074@hotmail.com
Afiliación institucional: Universidad Estatal del Sur de Manabí
*Autor, correo para correspondencia: luisalfredo.ponce@unesum.edu.ec
Resumen
La progresiva digitalización de las relaciones sociales, económicas y jurídicas ha provocado que
una parte creciente de los hechos sometidos a conocimiento judicial se encuentre documentada
mediante mensajes de datos, correos electrónicos, conversaciones mantenidas a través de
aplicaciones de mensajería instantánea, archivos digitales, fotografías, videos, registros
informáticos y otros contenidos generados o almacenados electrónicamente. Esta transformación
plantea dificultades particulares para el derecho probatorio, pues el reconocimiento jurídico de un
documento electrónico no determina, por sí mismo, su fuerza probatoria en un caso concreto. El
presente artículo analiza el régimen jurídico aplicable a la valoración de la prueba electrónica en
Ecuador, con especial atención a las condiciones de licitud, autenticidad, integridad, fiabilidad,
contradicción y motivación judicial. La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo,
mediante un diseño documental y jurídico-dogmático, basado en el análisis de la Constitución de
la República del Ecuador, el Código Orgánico General de Procesos, el Código Orgánico Integral
Penal, la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, la jurisprudencia
y los criterios institucionales relevantes, así como la literatura jurídica especializada. Los resultados
evidencian que el ordenamiento ecuatoriano reconoce ampliamente la prueba electrónica, pero
distribuye su regulación entre distintos cuerpos normativos y establece tratamientos diferenciados
entre los procesos sometidos al Código Orgánico General de Procesos y al proceso penal. Se
concluye que la valoración de la prueba electrónica no puede reducirse a la mera visualización de
una captura de pantalla o de un archivo digital, sino que exige examinar conjuntamente su licitud,
procedencia, autenticidad, integridad, contexto, fiabilidad técnica y posibilidad efectiva de
contradicción. En materia penal, estas exigencias se intensifican mediante las reglas sobre
técnicas forenses digitales y la cadena de custodia.
Palabras clave: Prueba electrónica; prueba digital; valoración probatoria; debido proceso;
autenticidad; integridad; cadena de custodia
Abstract
The progressive digitalization of social, economic, and legal relations has resulted in an increasing
number of facts submitted to judicial proceedings being documented through data messages,
emails, instant messaging conversations, digital files, photographs, videos, computer records, and
other electronically generated or stored content. This transformation poses particular challenges
for evidence law because the legal recognition of an electronic document does not, by itself,
determine its evidentiary weight in a specific case. This article analyzes the legal framework for
assessing electronic evidence in Ecuador, with particular attention to legality, authenticity, integrity,
reliability, adversarial examination, and judicial reasoning. The research followed a qualitative
approach and a documentary and legal-dogmatic design based on the analysis of the Constitution
of the Republic of Ecuador, the General Organic Code of Proceedings, the Comprehensive Organic
Criminal Code, the Electronic Commerce, Electronic Signatures and Data Messages Act, relevant
case law and institutional criteria, as well as specialized legal literature. The findings show that
Ecuadorian law broadly recognizes electronic evidence but distributes its regulation among
different legal instruments and treats proceedings governed by the General Organic Code of