La declaratoria judicial de la unión de hecho post mortem en el Ecuador: ¿garantía de derechos del conviviente sobreviviente o riesgo para la seguridad jurídica de los herederos?
Palabras clave:
unión de hecho, post mortem, conviviente sobreviviente, seguridad jurídica, herederosResumen
La unión de hecho constituye una expresión legítima de la diversidad familiar reconocida por el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Sin embargo, cuando uno de los convivientes fallece sin que la relación haya sido formalizada previamente, demostrar su existencia puede convertirse en un verdadero desafío jurídico y humano. En ese escenario confluyen dos intereses que merecen igual protección: el derecho del conviviente sobreviviente a que se reconozca una vida construida en común y el derecho de los herederos a que el patrimonio sucesorio no sea modificado mediante pretensiones carentes de suficiente respaldo probatorio. El objetivo del presente estudio fue analizar la declaratoria judicial de la unión de hecho post mortem en Ecuador, con énfasis en sus efectos jurídicos, las dificultades probatorias y su incidencia en la seguridad jurídica. La investigación asumió un enfoque cualitativo, documental y jurídico-dogmático, apoyado en los métodos analítico-sintético, exegético, hermenéutico y jurisprudencial. La búsqueda bibliográfica se realizó mediante los operadores booleanos AND, OR y NOT en fuentes académicas, normativas y jurisprudenciales. Los resultados muestran que el problema no radica en reconocer jurídicamente la unión post mortem, sino en establecer criterios suficientemente claros para acreditar que realmente existieron estabilidad, monogamia, convivencia y un proyecto de vida común. Se concluye que la protección del conviviente sobreviviente y la seguridad jurídica de los herederos no constituyen intereses incompatibles, siempre que exista un proceso contradictorio, una valoración integral de las pruebas y una motivación judicial reforzada.
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Citas
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